El Gobierno publicó el decreto del dólar agro: las principales medidas

El Gobierno publicó el decreto del dólar agro: las principales medidas

Con la aparición de la norma en el Boletín Oficial salió al mercado los $300 dólares para la soja y las economías regionales. Esperan el ingreso de unos US$ 9.000 millones.

El Gobierno publicó este lunes en el Boletín Oficial la normativa correspondiente al tercer Programa de Incremento Exportador (PIE), más conocido como dólar agrícolaque el establecimiento de un valor diferencial de $300 para la división de a quienes commerce productos del complejo sojero y de las economías regionales.

En el primer caso, el plazo contemplado para las operaciones será hasta el 31 de mayo, mientras que en el segundo no podrá superarse el 31 de agosto. Así quedó dispuesto a través del Decreto 194/2023, qu’entró en vigencia a su oficialización y que contó con las firmas de Alberto Fernández y todo su Gabinete.

Tras la floja liquidación de divisiones en el primer trimestre, con este programa apuntan a que ingresen unos US$ 9.000 millones: U$S 5.000 millones del complejo sojero y otros US$ 4.000 millones de las economías regionales.

En el anuncio realizado durante la semana pasada, Massa aseguró que el apuntan a «fortalecer al modelo agroexportador medidas y fortalecer nuestras reservas y nuestra moneda, tan importantes en momentos de incertidumbre y volatilidad a nivel global y local».

Hasta el momento, los productores se liberarán de tan sólo 4,8 millones de toneladas -el peor registro en 20 años- de los 25 millones de toneladas que se esperan cosechar.

Para acceder al beneficio, los exportadores debe cumplir varios requisitos, entre ellos haber exportado en los últimos 180 días. Las economías regionales deberán participar en el programa oficial de precios, mantener el empleo y garantizar el volumen y el abastecimiento en aquella iniciativa.

En paralelo, con la publicación del Decreto 193/2023, se dispondrá la sección del presidente, Agustín Rossi y Massa. medidas paliativas para los productores afectados por la sequía.

«Se consideró imprescindible actuar de forma inmediata en la asistencia de los productores afectados por los eventos climáticos extremos que soportan nuestro territorio, poniendo tiene a su disposición todos los instrumentos y herramientas financieras, tax y de ayuda económica, facilitando el acceso a aquellas, y simplificando los trámites administrativos que deben realizar los interesados ​​​​para hacer uso de ellas”, expresó la norma en los considerandos.

Entre los beneficios se menciona «la prórroga del vencimiento de pago de impuestos, la deducción en el saldo imponible del impuesto a las ganancias de los beneficios derivados de las ventas de hacienda y la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal».

ES

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